El cuánto y el porqué de los impuestos en República Dominicana

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Los impuestos y su incidencia es un tema que atañe a todos los sectores económicos. En este MacroConcept, se pretende identificar esta masa de contribuyentes y desagregar brevemente la composición del sistema tributario dominicano; esto, por considerar que la política fiscal (en conjunto con la monetaria) es dentro de las políticas económicas a la que podría atribuírsele mayor grado de repercusión en la dinámica de consumo e inversión de los habitantes de una región determinada.


El Código Tributario de la República Dominicana es ejecutado, en términos generales, por dos oficinas recaudadoras: la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Dirección General de Aduanas (DGA). La tarea de ambas difiere en el tipo de impuestos que les compete recaudar, la primera los abarca todos excepto los impuestos sobre el comercio internacional, estos últimos son cobrados por la DGA.


Los impuestos están concebidos para ser una fuente de financiamiento del Estado que sirva para redistribuir la riqueza entre la población y financiar proyectos de bienes públicos que, por características intrínsecas, suelen ser iniciados por el Estado. En este sentido, en República Dominicana contamos con siete grandes categorías de impuestos: impuestos sobre los ingresos, sobre la propiedad, sobre mercancías y servicios, sobre el comercio y las transacciones, comercio exterior, ecológicos, por contraprestación y una partida denominada otros ingresos.


La mayor fuente de ingresos tributarios son los impuestos sobre mercancías y servicios. Dentro de esta categoría se encuentra el Impuesto sobre la Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS en R.D., IVA en las demás partes del mundo), que se cobra a una tasa de 18% (con la excepción de algunos bienes básicos como alimentos, educación y salud) sobre el valor agregado a personas jurídicas y físicas que realicen transferencias, importaciones o prestación de servicios gravados. Otros impuestos sobre mercancías y servicios son los impuestos selectivos, que se cargan a los derivados del alcohol, a la cerveza, al tabaco y a los hidrocarburos, a las telecomunicaciones, seguros e impuestos sobre el uso de bienes y licencias.


Los impuestos sobre los ingresos se descomponen a su vez en impuestos sobre la renta (ISR) de las personas físicas, de las empresas, y los impuestos sobre los ingresos aplicado sin distinción de persona (dividendos, lotería, retenciones y otros).


Las personas jurídicas (empresas) deben pagar hasta el 27% sobre la renta imponible en la medida que generen ganancias. La renta gravable de las personas naturales residentes o domiciliadas, por concepto de pago de ISR, estará sujeta a tasas que varían de acuerdo al nivel de ingresos y que se aplican de forma escalonada (10%, 15% y 25%). Las personas cuyo salario mensual es inferior a RD$34,106, no tributan por concepto de ISR.


Los impuestos sobre la propiedad pretenden gravar el traspaso de vehículos de motor, la constitución de compañías, las operaciones inmobiliarias, sucesiones y donaciones, los cheques y transferencias bancarias y la tenencia de activos y propiedades inmobiliarias.


Finalmente, y con menor participación en los ingresos tributarios, se encuentran los impuestos sobre el comercio y las transacciones de comercio exterior (con aranceles e impuestos a la salida de pasajeros al exterior por aeropuertos), los impuestos ecológicos, que gravan las emisiones de CO2, los ingresos por contraprestación (tarjetas de turismo y derechos administrativos), y la partida de otros ingresos compuesta por las multas, sanciones, regalía neta de fundición minera, entre otros ingresos.


La posibilidad de una reforma tributaria es un tema de palestra pública y, por ende, es importante conocer la estructura del sistema tributario dominicano. Los conceptos aquí esbozados otorgan los insumos primarios para que el lector pueda ser un participante activo o pasivo de los debates relevantes de la actualidad en materia fiscal sobre tasas altas o bajas, una base tributaria con espacio para ser ampliada, y sobre el alcance de la capacidad de recaudación del Estado.