Los agregados monetarios

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Un agregado monetario permite identificar los elementos usados en una economía como medios de pagos. Comúnmente se identifica el dinero en papel y en monedas metálicas como el medio de pago por excelencia de cualquier economía, con el cual se pueden ejecutar transacciones comerciales entre personas. Sin embargo, conforme ha pasado el tiempo, se han incorporado otros instrumentos que cumplen con la misma función, pero que se diferencian por su grado de liquidez. En este punto es importante entender que la liquidez tiene que ver con la facilidad que tiene un activo de convertirse rápidamente en efectivo, siendo el dinero el activo más líquido del mercado.

Los agregados monetarios conforman la oferta de dinero de una economía, la cual está compuesta principalmente por depósitos a la vista o depósitos bancarios de alta liquidez y el efectivo en manos del público. En la mayoría de los países, como es el caso de la República Dominicana, una parte de la oferta de dinero es generada por la autoridad monetaria conocida como Banco Central, que bajo un régimen de monopolio legal, es el que emite todos los billetes y monedas de la economía, que bien pueden estar en manos del público o en forma de reservas bancarias1/. A esta parte de la oferta de dinero se le conoce como Base Monetaria o dinero legal, comúnmente la más líquida, pero la más reducida, pues en general conforma entre el 5-20% de toda la oferta monetaria de una economía.

Ahora bien, para identificar los agregados monetarios de la oferta de dinero se ha utilizado universalmente la sigla “M” (la inicial de dinero en inglés = Money) seguido de un número, comúnmente empezando desde el uno (1) en adelante, según se hace más amplio y menos líquido los activos que lo conforman. Estos agregados se definen también como dinero bancario para diferenciarlos de la Base Monetaria controlada por el Banco Central. En general, las medidas más comunes son M1, M2 y M3, y son exactamente los agregados monetarios que usa el Banco Central de la República Dominicana, los cuales se definen a continuación:

M1: medio circulante, utilizado para vender y comprar bienes o servicios. Su composición es la más líquida. Está conformado por los billetes y monedas en manos del público y los depósitos transferibles mediante cheques, cheques de viajero y cuentas corrientes, emitidos por las instituciones bancarias que reciben depósitos.

M2: dinero en sentido amplio. Compuesto por M1 + las cuentas de ahorro girables con tarjetas de débito + todos los depósitos y valores de corto plazo en moneda nacional, emitidos por las instituciones bancarias que reciben depósitos, incluyendo el Banco Central.

M3: agregado monetario más amplio. Incluye M2 + los depósitos y valores de corto plazo, en moneda extranjera, emitidos por las instituciones bancarias que reciben depósitos, incluyendo el Banco Central.

La composición de los agregados monetarios puede diferir entre países, incluso pueden estar más concentrados o no, siendo este último el caso cuando se utilizan más agregados después de M3, es decir, M4, M5, etc. Son las autoridades monetarias las que tienen la potestad de decidir qué se incluye dentro de cada uno de los agregados, los cuales pueden desarrollarse o ampliarse según se generan avances en la creación de nuevas herramientas financieras. No obstante, puede resultar difícil encontrar un límite a la definición de dinero, pues de hecho existen diversas teorías económicas que lo definen de acuerdo a su propio criterio. En esta oportunidad se define el criterio que plantea el Banco Central de la República Dominicana para cada uno de los agregados monetarios.

1/ Las reservas bancarias son un porcentaje de los depósitos que los bancos deben mantener en disponible para atender a las peticiones de liquidez de sus clientes. La autoridad monetaria de cada país es la que define el porcentaje que deben mantener los bancos como reservas.